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año:2005
 
unidad:HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
 
institución:PARTICULAR
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase Al oficio No. 17128 15 de diciembre de 2005 DAGJ-3787-2005 Ingeniera Milagro Gómez Solano SÁNCHEZ GÓMEZ INGENIERÍA Estimada Señora: Asunto: Se archiva consulta sobre garantía de participación. Nos referimos a su nota sin numerar del 24 de noviembre del presente año, mediante la cual nos solicita criterio en relación con una garantía de participación. Sobre el particular, nos permitimos comunicarle que el artículo 29 de nuestra Ley Orgánica No. 7428, publicada en La Gaceta No. 210 de 4 de noviembre de 1994, dispone que esta Contraloría General evacuará las consultas que le dirijan los órganos parlamentarios o cuando lo soliciten al menos cinco diputados, que actúen conjuntamente, y los sujetos pasivos, los cuales son indicados expresamente en el artículo 4 de esa Ley. Asimismo la “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, publicada en La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000, dispone que la función consultiva de este Órgano Contralor está dirigida a la Administración Pública y no a particulares que contratan con el sector público. Así las cosas, mucho lamentamos no pronunciarnos sobre el fondo de su consulta, no obstante la remitimos a nuestra página web www.cgr.go.cr donde podrá encontrar jurisprudencia relacionada con el tema. Atentamente, Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada Gerente Asociado MACF/ds NI: 28415 C: Archivo Central G: 2005007811-1 ] ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Documento: 17128-2005.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase Al oficio No. 17126 15 de diciembre de 2005 DAGJ-3785-2005 Ingeniero Víctor Manuel Vargas Ulate COVA DESARROLLOS S.A. Estimado Señor: Asunto: Se archiva consulta sobre recurso de objeción al cartel. Nos referimos a su nota CD 102-05 del 28 de octubre del presente año, mediante la cual nos solicita criterio en relación con un recurso de objeción al cartel. Sobre el particular, nos permitimos comunicarle que el artículo 29 de nuestra Ley Orgánica No. 7428, publicada en La Gaceta No. 210 de 4 de noviembre de 1994, dispone que esta Contraloría General evacuará las consultas que le dirijan los órganos parlamentarios o cuando lo soliciten al menos cinco diputados, que actúen conjuntamente, y los sujetos pasivos, los cuales son indicados expresamente en el artículo 4 de esa Ley. Asimismo la “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, publicada en La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000, dispone que la función consultiva de este Órgano Contralor está dirigida a la Administración Pública y no a particulares que contratan con el sector público. Así las cosas, mucho lamentamos no pronunciarnos sobre el fondo de su consulta, no obstante la remitimos a nuestra página web www.cgr.go.cr donde podrá encontrar jurisprudencia relacionada con el tema. Atentamente, Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada Gerente Asociado MACF/ds NI: 29009 C: Archivo Central G: 2005007963-1 ] ...
Fecha publicación: 19/12/2005
Fecha emisión: 16/12/2005
Documento: 17126-2005.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 9 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 16645 9 de diciembre de 2005 DAGJ-3689-2005 Licenciado: José Francisco Villalta Montes Miembro suplente JUNTA DIRECTIVA CONSEJO NACIONAL DE REHABILITACION Estimado señor: Asunto: Deber de imparcialidad en caso de causal de abstención Nos permitimos atender su oficio sin número de fecha 19 de setiembre de 2005, en el cual nos expone un caso concreto acontecido con motivo de la elección del Presidente de la Junta Directiva del Consejo Nacional de Rehabilitación, en el cual participó con su voto favorable un representante ante dicho Consejo que es cónyuge de la persona que resulto electa, por lo que consulta si dicho actuar es contrario a la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (artículos 38 incisos c) y g), 41 inciso e), 48 y 52 de dicha norma legal). Asimismo, aporta el criterio legal contenido en el oficio A.J.098-2005 suscrito por el abogado de ese Consejo, Lic. Francisco Azofeifa, en donde considera que la Ley No.8422 no aplica al caso de referencia al no existir un perjuicio patrimonial, además de que con sustento en los numerales 168 y 164 de la Ley General e la Administración Pública considera que el acto administrativo de nombramiento debe conservarse, en el tanto la anulación de un voto no afectaría el resultado de la votación que fue obtenido con una diferencia de dos votos; criterio que Ud. considera elude referirse al fondo del asunto cual es la intervención indebida en la votación. CRITERIO DEL DESPACHO Para atender la presente consulta, nos permitimos primeramente aclarar que conforme al debido ejercicio de la potestad consultiva que confieren a esta Contraloría General los artículos 4 párrafo final y 29 de la Ley Orgánica, así como a lo que dispone la circular No.CO-529 publicada a La Gaceta No.107 del 5 de junio de 2000, no puede este Despacho atender situaciones concretas e incurrir con e ...
Fecha publicación: 16/12/2005
Fecha emisión: 13/12/2005
Documento: 16645-2005.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Conflicto de Intereses , Responsabilidad Disciplinaria , Incompatibilidades , Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Responsabilidad Penal , Deber de Probidad


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 16644 9 de diciembre de 2005 DAGJ-3686-2005 Señor Johnn Henry Barquero Obando Investigador Criminólogo Estimado señor: Asunto: Consulta sobre posible conflicto de intereses en seguridad privada Se refiere este Despacho a su nota de fecha 16 de agosto de 2005, mediante el cual solicita nuestro criterio respecto a si un funcionario de Ministerio de Seguridad Pública que realiza funciones administrativas, con plaza administrativa (interino), que no tiene nada que ver con funciones policiales, puede tener o ser parte de una sociedad o empresa que brinde seguridad privada y/o escuela de capacitación de agentes de seguridad privada. I. Criterio del Despacho Acerca de la presente consulta, nos permitimos primeramente aclarar que conforme al debido ejercicio de la potestad consultiva que confieren a esta Contraloría General los artículos 4 párrafo final y 29 de la Ley Orgánica, así como a lo que dispone la circular No.CO-529 publicada a La Gaceta No.107 del 5 de junio de 2000, ha sido criterio reiterado de este Despacho que no somos competentes parta atender consultas formuladas. No obstante, con fines de mera colaboración procederemos a brindar algunos elementos jurídicos que puedan ser útiles para realizar las valoraciones que correspondan. Lo primero que debemos considerar es que el objeto de la Ley Nº 8422, consiste según su artículo 1º en “prevenir, detectar y sancionar la corrupción en el ejercicio de la función pública”, finalidad a cuya consecución se aspira llegar, normando ciertas conductas y actividades que en la práctica del pasado y el presente, han desembocado en conductas y actos de corrupción lesivos en su gran mayoría de la Hacienda Pública, o bien de la Función Pública en general. El ejercicio de la función pública debe realizarse en el marco de ciertos valores ético-jurídicos que garanticen su correcto y adecuado funcionamiento y desarrollo en aras ...
Fecha publicación: 16/12/2005
Fecha emisión: 13/12/2005
Documento: 16644-2005.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Deber de Probidad, Conflicto de Intereses , Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Responsabilidad Disciplinaria , Regimen de Donaciones y Obsequios


DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 16322 9 de diciembre de 2005 DAGJ-3676-2005 Señor Gonzalo Bonatti González FAX: 224-8784 o 290-4800 Estimado Señor: Asunto: solicitud de criterio jurídico. Atendemos su oficio sin número del 3 de octubre del año en curso, recibido en este Despacho el 4 de octubre de 2005, mediante el cual solicita criterio jurídico sobre su situación en el FONECAFE relacionado con un procedimiento que se sigue en su contra, dentro del cual se encuentra suspendido. La consulta se concreta a determinar si debe permitir que se retire la clave única de acceso al disco duro de la computadora de uso del Auditor Interno. Al respecto, debemos indicarle que de conformidad con lo dispuesto en la Circular No. CO-529 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, esta Contraloría General evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre las materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante. Cabe señalar, que esta División ha sido del criterio reiterado de que la facultad consultiva no puede ejercerse con relación a casos o situaciones concretas, sino que su ejercicio consiste en emitir consideraciones de orden general que sirvan como insumo para la toma de decisiones. Atentamente, Licda. Silvia Chanto Castro Lic. Sergio Mena García Gerente Asociada Fiscalizador SMG/mrv Ni: 22965 Ci. Archivo Central Copiador G: 2005006375-1 PAGE ] ...
Fecha publicación: 12/12/2005
Fecha emisión: 09/12/2005
Documento: 16322-2005.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 16210 6 de diciembre de 2005 DAGJ-3648-2005 Señor Rodolfo Gutiérrez Ortiz Apoderado Generalísimo LAND BUSINESS S.A. Estimado señor: Asunto: Se archiva su solicitud para levantar régimen de prohibiciones. Por medio del presente oficio le informamos que hemos procedido a archivar su solicitud para levantar el régimen de prohibiciones que pesa sobre la firma Land Business S.A., toda vez que en oficio notificado el 18 de noviembre se le solicitó la remisión de información adicional, la cual debía ser remitida en un plazo máximo de cinco días hábiles. Sin embargo, a pesar de haber transcurrido ampliamente el plazo concedido, no se ha presentado la solicitada documentación, la cual es de vital importancia para conocer el fondo de su gestión. Atentamente, Lic. German Brenes Roselló Fiscalizador GBR/Rbr NI: 25679 Ci: Archivo Central. ] ...
Fecha publicación: 10/12/2005
Fecha emisión: 07/12/2005
Documento: 16210-2005.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 15912 2 de diciembre de 2005 DAGJ-3631-2005 Señora Denise Arias Barrientos. TECNISERVICIOS DE COMPUT. HD Estimada señora: Asunto: Consulta sobre la aplicabilidad y el procedimiento de las prohibiciones reguladas en el artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativ,a en cuanto a la empresa de la cónyuge de un funcionario y la posibilidad de inscripción al registro de proveedores de dicha empresa. Damos respuesta a su oficio sin número recibido el 4 de noviembre de 2005, mediante el cual consulta sobre la aplicabilidad de las prohibiciones reguladas en el artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa N° 7494 y sobre el levantamiento de las mismas. Concretamente, consulta usted la posibilidad de que la empresa TECNISERVICIOS COMPUT. HD, de su propiedad, pueda ingresar en el registro de proveedores de la Municipalidad de Cóbano para participar en licitaciones de equipos o accesorios de cómputo, presentándose que, para el momento en que usted presentó la solicitud de inscripción al registro de proveedores, su cónyuge es funcionario de dicha municipalidad. Informa que solicita pronunciamiento de parte de la Contraloría General de la República, para que se le indique “explícitamente si puede o no participar en dichas licitaciones y cuáles serían las razones en pro o en contra de la cual podría o no participar”. Criterio del despacho: En cuanto al particular, es menester señalar que este órgano contralor emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, la unidad de asesoría jurídica de éste órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañada ...
Fecha publicación: 08/12/2005
Fecha emisión: 05/12/2005
Documento: 15912-2005.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 5 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 15543 24 de noviembre de 2005 DAGJ-3559 –2005 Ingeniera Sonia Zamora Cruz Secretaria Junta Directiva Federación de Profesionales Egresados del ITCR Estimada señora: Asunto: Consulta legal sobre los alcances de la Ley No.8422 en cuanto al pago de dietas y a la vez ser funcionario público gestionando licencia sin goce de salario y vacaciones Nos referimos a su oficio número 40-05 de fecha 09 de noviembre del presente año, mediante el que se solicita el criterio de ésta División sobre el caso del servidor Dennis Mora Mora quien labora para el Departamento de Proyectos de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, quien a su vez es miembro de la Federación de Profesionales Egresados del Instituto Tecnológico de Costa Rica, el cual ha sido designado por esa Federación como su representante por dos años ante el Consejo Institucional del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en cumplimento del puesto que el Estatuto Orgánico de esa entidad de enseñanza superior universitaria asigna a los egresados de ese centro. La duda se origina en que el señor Dennis Mora Mora “...acostumbra solicitar permiso sin goce de sueldo o vacaciones los días de sesión del Consejo” y pese a que consideran que fue escogido por su idoneidad y que por tratarse de un cargo que no guarda relación con su giro de trabajo habitual y una institución de educación superior no debería haber conflicto de intereses, solicita el levantamiento de incompatibilidad que prevé el artículo 19 de la Ley No.8422. · Criterio del Despacho A este respecto, debemos manifestarle que la competencia legal que este Organo Contralor tiene asignada para evacuar consultas se encuentra regulada por el Artículo 29 de Ley Orgánica,misma que se ejerce según los requisitos establecidos por la circular N° CO-529 de fecha 26 de mayo del año 2000, publicada en el diario oficial La Gaceta N° 17 de fecha 5 de junio del año 2000, y se enc ...
Fecha publicación: 02/12/2005
Fecha emisión: 29/11/2005
Documento: 15543-2005.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Dietas , Superposicion Horaria, Vacaciones, Incompatibilidades


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 15254 23 de noviembre de 2005 DAGJ-3528-2005 Señor: José Luis Sánchez Gómez Presidente Tecmant S.A. Asunto: Se archiva consulta sobre el tipo de cambio utilizado para un pago. Estimado Señor: Nos referimos a su nota sin numerar del 1 de noviembre del presente año, mediante la cual nos solicita criterio en relación con el tipo de cambio utilizado para un pago en una contratación directa. Sobre el particular, nos permitimos comunicarle que el artículo 29 de nuestra Ley Orgánica No. 7428, publicada en La Gaceta No. 210 de 4 de noviembre de 1994, dispone que esta Contraloría General evacuará las consultas que le dirijan los órganos parlamentarios o cuando lo soliciten al menos cinco diputados, que actúen conjuntamente, y los sujetos pasivos, los cuales son indicados expresamente en el artículo 4 de esa Ley. Asimismo la “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, publicada en La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000, dispone que la función consultiva de este Órgano Contralor está dirigida a la Administración Pública y no a particulares que contratan con el sector público. No obstante, le señalamos que sobre el tema, existe jurisprudencia de este Despacho que, de considerarlo pertinente podrá ser accesada a través de nuestra página web, www.cgr.go.cr , en las recopilaciones de jurisprudencia que a costo se vende en la plataforma de servicio (primer piso del edificio) o mediante consulta personal esa misma plataforma, donde le proporcionaran en el medio de archivo de datos correspondiente la información que soliciten. Así las cosas, mucho lamentamos no pronunciarnos sobre el fondo de su consulta. En relación con la gestión por usted presentada, y de considerarlo oportuno, le indicamos que si su empresa desea plantear una denuncia especifica sobre el caso, puede acudir a dos vías para dar seguimiento al mismo: presen ...
Fecha publicación: 26/11/2005
Fecha emisión: 23/11/2005
Documento: 15254-2005.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 14330 7 de noviembre de 2005 DAGJ-3350-2005 Señor Marco Muñoz G. Apoderado General IPL SISTEMAS S.A. Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la aplicabilidad y el procedimiento de las prohibiciones reguladas en el artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa N° 7494, en cuanto al hermano de la funcionaria inhibida y sobre el levantamiento de las mismas. Damos respuesta a su oficio sin número recibido el 19 de octubre de 2005, mediante el cual consulta sobre la aplicabilidad de las prohibiciones reguladas en el artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa N° 7494 y sobre el levantamiento de las mismas. Concretamente indica usted que si el PANI podría llevar a cabo una contratación administrativa con la empresa que usted representa y es apoderado general, si para el momento en que usted presentó su oferta, su hermana consaguínea era miembro de la junta directiva de dicha institución. Aclara que no se solicitó un levantamiento de dicha prohibición al suscrito Órgano Contralor ni se hizo consulta previa alguna, si bien su hermana no sesionó en la junta el día que se tocaría el tema que se la adjudicó a su representada, y ella informó por escrito dicha circunstancia a la auditoría interna de la institución. Informa que quisiera tener una “pronunciación al respecto de parte de la Contraloría”, para saber si de alguna manera la prohibición no le alcanza en dicho caso a su representada para poderse “defender en un recurso de revocatoria ante el PANI”. Criterio del despacho: Con respecto a la consulta que usted realiza, se le indica que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7424 del 07 de setiembre del 1994, ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-). Asimismo, ...
Fecha publicación: 11/11/2005
Fecha emisión: 08/11/2005
Documento: 14330-2005.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)